jueves, 27 de septiembre de 2018

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Las sociedades limitadas estás reguladas por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, que a su vez sustituye a la Ley 2/1995, de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Una vez dicho esto, vamos a intentar en un corto espacio de tiempo y de manera fácil, explicar lo que la mayoría de la sociedad se está preguntando en estos momentos. ¿Por qué dimitió Máxim Huerta? ¿Por qué Cristiano Ronaldo ha sido condenado por fraude fiscal? ¿Y Pedro Duque? Hasta los malos abogados, están perdidos en muchas de estas materias referentes a sociedades mercantiles.


Y la realidad es muy fácil de contar, entendiendo que incluso estos ciudadanos, elementos la trama que yo estoy desgranando, podrían pensar que no estaban delinquiendo, ya que el contable, asesor o leguleyo de turno sobre los que habría recaído la confianza de liquidar sus impuestos, les diría que todo estaba bien. ¡Y de alguna manera, es así! Comprar una casa a través de una sociedad es perfectamente legal, siempre que se tribute adecuadamente sobre ella.


Pero no pongamos el ejemplo de nadie. Imaginemos por un momento que Juanan ha facturado este año la friolera de diez millones de euros. Y todo esto se ha hecho a través de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, más conocidas S.R.L o simplemente S.L. Pues ya de entrada, esto sería totalmente imposible, ya que Juanan no tiene una sociedad estructurada y el valor de su empresa es lo que Juanan vale. Es decir, que si no fabrico nada, no asesoro de nada o no hago compra ventas con incrementos o pérdidas del patrimonio social, etcétera. No puedo facturar nada. ¡Vamos mal! ¡Creo que no me estoy explicando!

¡Más fácil! Imaginemos por un momento que Juanan ha facturado este año la friolera de diez millones de euros. Y todo esto se ha hecho a través de una Sociedad de Responsabilidad Limitada a través de la cual no se ha pagado ninguna nómina, no ha desgravado ningún gasto y su sede social, consta en el propio domicilio que figura como primera vivienda de Juanan. Pues ya esto de entrada, sería también imposible, ¿cómo se puede trabajar sin personal y sin infraestructura?

¿Seguimos igual, no ? Cualquier sociedad debe de tener acotadas las funciones que desempeña, una infraestructura societaria con una sede determinada y debería de generar gastos a través de los cuales salir en positivo, aunque sea con un signo menos delante.  ¿Eso significa que no puedo tener una sociedad a través de la cual trabajar? No. Rotundamente no.


Claro que podemos tener una Empresa tipificada como Sociedad Limitada donde el riesgo sea el capital aportado y no el patrimonio de los socios. ¡Para eso están! Y claro que podemos ganar diez millones mensuales a través de ella. Lo que no podemos hacer es dejar de tributar de manera adecuada, aunque eso nos cueste siete de cada diez euros que ganamos. 


Claro que podemos tener una Empresa tipificada como Sociedad Limitada donde el riesgo sea el capital aportado y no el patrimonio de los socios. ¡Para eso están! Y claro que podemos ganar diez millones mensuales a través de ella. Lo que no podemos hacer es aportarla propiedades para nuestro disfrute personal, que no son herramientas de empresa. Como no puedo desgravar cuatro coches por valor de setecientos mil euros, cuando puedo desplazarme en el mismo número de coches, siendo estos más baratos. ¿Va quedado claro algo?

Pedro Duque debe de dejar el gobierno de turno. Y lo debe de hacer por una razón, que ni más ni menos es la que demuestra que compró sus propiedades a través de una Sociedad Limitada para tributar fuera del régimen legal correspondiente. 


Duque, Huerta y Ronaldo, deben de pagar impuestos por la vía que corresponde y no camuflar el patrimonio en sociedades sin cometido, estructuradas para ello. ¡Menudo aburrimiento! A excepción del título, claro.

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